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El control del Riesgo Medioambiental implica tanto el conocimiento de la actividad productiva de la empresa en el medioambiente como lo inverso: la incidencia del medioambiente en la actividad de la misma.
PROTECTOR identifica ordenada y exhaustivamente los factores de Riesgo Medioambiental para anticiparse, protegerse y aminorarlos.





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lunes, 14 de noviembre de 2016

EL FUTURO EN NUESTRAS MANOS

El pasado 4 de noviembre entró en vigor el acuerdo de parís contra el cambio climático, propuesto un año antes en la conferencia de las naciones unidas sobre el clima y que firmaron 195 países, China y Estados Unidos fueron los grandes promotores de este pacto.

El acuerdo tiene como objetivo la reducción del calentamiento global del planeta desde el punto de vista del ser humano y las consecuencias que nuestra especie tiene sobre el planeta. El pacto persigue que el aumento de la temperatura se quede entre 1,5 y 2 grados para evitar consecuencias catastróficas. La medida en la que está al alcance contribuir de forma sensible y notoria en dicha reducción se basa principalmente en la disminución de las emisiones de los gases de efecto invernadero que son los que se generan en las actividades industriales y de transporte. Estos gases han existido siempre en nuestra atmósfera de manera natural ya que su función es la de retener parte de la radiación infrarroja que el planeta emite hacia el espacio para mantener unos niveles de temperatura terrestre adecuada para la vida y los ecosistemas, son como las paredes de un invernadero, dejan pasar la luz pero retienen el calor, generando ese clima cálido dentro de él.

Según la mayor parte de la comunidad científica existe un 90% de certeza en el que el problema reside en que los gases de efecto invernadero que se empezaron a generar desde la época pre-industrial por acción antrópica han alterado el equilibrio natural y al existir una mayor concentración de estos gases en la atmósfera están provocando un aumento muy relevante de la temperatura global del planeta.

Las consecuencias que supondría continuar con el ritmo de emisión actual de gases sin tomar medidas sería un aumento para el año 2100 entre 3,7 y 4,8 grados de media global de temperatura respecto al nivel preindustrial, lo conllevaría efectos de clima extremos mucho más frecuentes como inundaciones, sequías, ciclones, olas de calor, extinciones de especies y variaciones fuertes en el rendimiento de las cosechas. en resumen, los recursos naturales se reducirían a limites muy peligrosos para el ser humano ya que no podría seguir sustentando su forma de vida basada en ellos.

Tras varios fracasos de acuerdos entre países sobre este tema, el de parís se espera que no sea uno más a añadir en la lista, puesto que con este acuerdo también se busca abrir la puerta al cambio mentalidad en el que el mundo percibe y se prepara con para actuar frente al cambio climático mediante acciones a todos los niveles por parte de los gobiernos, las empresas, el mundo de la inversión y la sociedad civil. Lamentablemente los primeros movimientos que se han generado no son nada esperanzadores ya que el nuevo presidente de los estados unidos, Donald Trump, se ha mostrado contrario al pacto y a la reducción de emisiones que busca este acuerdo, mientras que la ONU ha declarado que no es suficiente con el objetivo de reducción que se ha pactado ya que habría que aumentar en un 25% más la reducción para estar en los niveles de temperatura adecuados. A esto hay que añadirle que de momento el acuerdo no propone ninguna sanción a aquellos países que no cumplan con la reducción de emisiones, confiando en la buena fe y la declaración de intenciones únicamente que firmaron todos los países involucrados en el pacto.


Nos encontramos en un momento crucial de nuestra historia como especie ante uno de los problemas ambientales más serios que pueden cambiar la forma de vida de las futuras generaciones, la generación actual no llegará a experimentar la herencia de planeta que les dejamos a las generaciones del siglo XXII, de nosotros depende que nos recuerden como una generación que corrigió el rumbo de contaminación ambiental catastrófica al que estaban destinados o la generación egoísta que les condenó a vivir en un planeta sin los recursos del siglo pasado.


Carlos Laza

jueves, 13 de octubre de 2016

PRIMER CASTIGO EN ESPAÑA A UNA EMPRESA MINERA POR DAÑO AMBIENTAL

Tras 8 años de litigios, en septiembre de 2016 se ejecutó por primera vez en España, la sentencia que obliga a pagar por el daño causado en concepto de medio ambiente en el sector de la minería. La empresa sancionada causante del daño es la fábrica minera "Cobre las Cruces" de la provincia de Sevilla.

La sanción se remonta al año 2008 cuando se produjo una querella por parte de la fiscalía de medio ambiente y patrimonio histórico a raíz de los expedientes sancionadores que presentaba la empresa por parte de la confederación hidrográfica del Guadalquivir, causada por:
  1. realizar una detracción de agua superior a la permitida
  2. la práctica de sondeos no autorizados y
  3. el vertido de arsénico y otros elementos contaminantes al cauce hídrico en el que se encontraba la empresa.

Por el hecho que suponen estas tres infracciones graves que son causar daños a los bienes de dominio público hidráulico e incumplir las condiciones de la autorización administrativa y del plan hidrológico de la demarcación del Guadalquivir, la sentencia supone una pena de 6.750 euros de multa y una condena de un año de cárcel para los tres directivos implicados por la realización de las acciones sin la autorización. 

Además la empresa debe pagar una indemnización  de alrededor de 293.000 euros a la confederación hidrográfica del Guadalquivir por los daños de contaminación y detracción del agua. A esto hay que añadirle alrededor de los 600.000 euros que se deben pagar en concepto de responsabilidad civil.  Por todo ello el global de la sanción suma un total aproximado del millón de euros.


Esta sentencia marca el camino sancionador en el sector de la minera por el incumplimiento de las autorizaciones y los daños que perjudican al medio ambiente. Se debe asumir que el medio ambiente es un bien común y que se tienen que tomar las medidas adecuadas para no llegar a producir daños que afectan al bien o dominio público,  y si se diera el caso asumir las consecuencias del daño causado, debiendo pagar la cantidad necesaria para repararlo.

Carlos Laza

martes, 20 de septiembre de 2016

Comprometidos con la responsabilidad medioambiental

La ley de responsabilidad medioambiental puesta en vigor en el año 2007 y modificada en 2014 establece responsabilidades sobre el operador de la instalación que produzca daños en el medio ambiente, es decir daños sobre los suelos, el agua, costas, especies silvestres y hábitats protegidos. En ningún caso incluye daños a las personas o a sus bienes a no ser que se trate de daños medioambientales.

Esta ley obliga a devolver el recurso natural dañado a su estado originario sin tener en cuenta un tope marcado sobre la cuantía económica que costaría dicha reparación. Es decir, el productor del daño tendrá que pagar el coste de reparación sea cual sea la cantidad económica a la que ascienda dicho coste por la reparación del recurso dañado.

Por ello, los operadores que realicen las actividades incluidas en el anexo III de dicha ley deberán disponer de una garantía financiera que les permita hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a su actividad. Así mismo, también tendrán la obligación de elaborar un análisis de riesgos medioambientales, con el objetivo de identificar los posibles escenarios accidentales, y establecer el valor del daño medioambiental que pueda producir.

Actualmente existen metodologías informáticas como el proyecto VANE, de valoración de los activos naturales en España, o el denominado proyecto MORA, Modelo de Oferta de Responsabilidad Medioambiental, que permite al usuario calcular los costes que tendría la reparación de los posibles daños producidos por la actividad en la instalación. La herramienta MORA ha sido creada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, ministerio de agricultura, alimentación y medio ambiente.

Así pues, basándose en la ley de responsabilidad medioambiental, ISO 150008 y metodología VANE, el equipo de Protector RM ha elaborado un modelo de gestión de riesgos y responsabilidad medioambiental que cumple con todos los requisitos mencionados para obtener un informe completo sobre la gestión de los riesgos que se pueden producir en cada instalación para cada actividad concreta.

Carlos Laza